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Este artículo se refiere a la culpa de la víctima en sus dos vertientes: exclusiva y concurrente. Sobre la base de la jurisprudencia Corte Suprema chilena, se pone en evidencia que, a pesar del nombre común, corresponden a dos instituciones independientes, que cumplen diferentes papeles al interior del juicio de responsabilidad civil. La exclusiva es un argumento para demostrar la ausencia de responsabilidad del demandado, pero no comporta un análisis jurídico de la conducta de la víctima, sino solamente una explicación fáctica para la conducta del agente. La culpa concurrente, al dar por establecida la responsabilidad del demandado, sí exige dicho análisis jurídico, pues respecto de la víctima deben concurrir los supuestos jurídicos que permitan elevar su conducta de mera condición a concausa, según los criterios de la causalidad normativa. Estos supuestos no son abordados en esta sede.
Lilian Cecilia San MartínUniversidad Alberto HurtadoFacultad de DerechoDerecho.
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