Este jueves 26 de julio comenzó la convocatoria para el Concurso Fondecyt Regular 2019. En este concurso se financiarán proyectos de dos a cuatro años de duración, y cuyos montos no excedan los $57 millones en cada año de ejecución (este monto no incluye gastos de administración, ni fondo institucional de apoyo a la infraestructura para la investigación, recursos que serán asignados por Fondecyt).
La presentación de proyectos se efectuará solo a través de la Plataforma en línea en el sitio web de FONDECYT o CONICYT
Estos serán seleccionados teniendo en cuenta su calidad intrínseca y el mérito de los postulantes, sin distinción de áreas, procedencia institucional o género.
Cada proyecto que cumpla los requisitos y condiciones establecidas en las bases concursales ingresará al proceso de evaluación que consta de dos etapas:
Primera etapa: Evaluación de la productividad del (de la) Investigador(a) Responsable.
Aquellos(as) Investigadores(as) Responsables que obtengan una nota menor a 2 no continuarán a la segunda etapa de evaluación del proyecto.
Segunda etapa: Evaluación de la propuesta.
Los proyectos que siguen en concurso serán evaluados en sus aspectos de calidad y viabilidad.
Los plazos de cierre para el Concurso son los siguientes:
-Fecha postulación investigadores: martes 28 de agosto de 2018 a las 16:00 Hrs.
-Fecha cierre patrocinio institucional: martes 4 de septiembre de 2018 a las 16:00 Hrs.
Para esta convocatoria se destaca los siguientes cambios en las bases:
• Para investigadoras responsables que hayan tenido hijos(as) a partir del año 2013, se incorpora al beneficio de adicionar un año de productividad científica por cada hijo(a), a partir del segundo hijo(a). Lo anterior, se hace extensivo a investigadores(as) responsables que en el mismo período les hayan otorgado judicialmente la tuición o cuidado personal de un menor.
• Los proyectos del área de investigación biomédica en seres humanos que resulten adjudicados, deberán presentar certificaciones aprobatorias emitidas por un Comité Ético Científico acreditado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 20.120 y su reglamento.
• Se establecen nuevos montos máximos en algunos de los ítems financiables.